Al momento de la atención, los beneficiarios deberán presentar:

  • DNI
  • Credencial de OSDEM con constancia de pago de la cuota al día.
  • Bono de atención.

Para acceder a los servicios, los beneficiarios deberán contar con la orden de consulta correspondiente, a saber:

  1. a) Para consulta con médico generalista: Orden de Consulta
  2. b) Para consulta con cualquier especialidad: Orden de Especialista
  3. c) Para realizar estudios de laboratorio: Orden de Práctica
  4. d) Para consulta psicológica: Orden de Psicología
  5. e) Para medicamentos recetarios: Recetarios de Farmacia. Los mismos se adquieren en la Obra social.

Esta orden también requiere autorización.

Para acceder a los servicios, los beneficiarios deberán contar con la orden de consulta correspondiente, a saber:

  1. a) Para consulta con médico generalista: Orden de Consulta
  2. b) Para consulta con cualquier especialidad: Orden de Especialista
  3. c) Fecha y datos correspondientes a la prestación.
  4. d) Para realizar estudios de laboratorio: Orden de Práctica
  5. e) Para consulta psicológica: Orden de Psicología
  6. f) Para medicamentos recetarios: Recetarios de Farmacia. Los mismos se adquieren en la Obra social.

PRESCRIPCIÓN DE PRÁCTICAS AMBULATORIAS O DE INTERNADOS.

  • Deben ser emitidas en recetario con membrete de profesional o de la Institución Sanatorial o prestador natural
  • Debe contener con letra legible:

–  Nombre y apellido del beneficiario

–  Edad y sexo  

–  Fecha de prestación

–  N° de documento del beneficiario

–  Número de beneficiario

–  Solicitud de práctica: clara concisa y en lo posible con el código según corresponde

–  Diagnóstico presuntivo: que justifique lo solicitado

–  Firma y sello del profesional solicitante 

Los pedidos de alta complejidad, deberán ser acompañados de un resumen de historia clínica del médico solicitante.

Prestador natural: (hospitales)

– Solicitud de práctica: letra clara concisa y en lo posible con el código según corresponde (I.C.N).

– Diagnóstico presuntivo: que justifique lo solicitado (CIE10)

– Firma y sello del profesional solicitante

– Dicho pedido deberá contar con el sello del hospital

– Fecha de prestación

La autorización queda sujeta a la auditoría médica

Podés hacerlo en la sede central de OSDEM en Av. Belgrano 3655 (CABA.) o en sus delegaciones.

Recordá que la validez de la orden médica es de 30 días, debe estar escrita con letra legible, incluir el diagnóstico presuntivo, firma, sello, fecha de prestación y matrícula del profesional solicitante.

Las ordenes deben ser confeccionadas por prestadores integrantes de la
cartilla de OSDEM.

Recordá enviarnos un teléfono de contacto y un fax o mail donde poder responder a tu solicitud.

La Urgencia Médica implica que el paciente requiera de una pronta atención.

En caso que el paciente pueda trasladarse por sus propios medios, podrá concurrir a la atención por Guardia en cualquiera de los establecimientos que figuran en la Cartilla para la atención 24hs.

En caso de requerir atención médica domiciliaria, deberá comunicarse al 0800-888-3637

La emergencia implica riesgo de vida para la persona, por lo cual debe ser asistida en forma inmediata.

Para ello, el afiliado, familiar o persona a cargo debe comunicarse al (011)-4323-0423